Un juez federal dictamina que las aseguradoras no están obligadas a cubrir el cannabis medicinal

Un juez federal dictamina que las aseguradoras no están obligadas a cubrir el cannabis medicinal

Un juez federal ha desestimado una demanda colectiva que pretendía obligar a las aseguradoras de Nuevo México a cubrir el cannabis medicinal como tratamiento para problemas de salud conductual. El fallo fue emitido el 23 de abril por la jueza de distrito Martha Vázquez, quien declaró que la ley estatal de Nuevo México no exige la cobertura de seguro para la marihuana medicinal, y que la ley federal reemplaza cualquier intento estatal de imponer dicha cobertura.

La demanda, iniciada en junio de 2022, fue presentada por un dispensario de cannabis medicinal junto con seis pacientes. Alegaban que las aseguradoras, en concreto Blue Cross and Blue Shield of New Mexico, Presbyterian Health Plan y Centene's Western Sky Community Care, violaban la ley estatal al no cubrir el cannabis medicinal para afecciones como el trastorno de estrés postraumático y el autismo. Los demandantes argumentaron que estas aseguradoras deberían proporcionar cobertura para el cannabis medicinal, por considerarlo un tratamiento médicamente necesario.

La juez Vázquez dictaminó que la legislación de Nuevo México sólo impide compartir los costes de los servicios de salud conductual que las compañías de seguros ya están obligadas a cubrir. Además, señaló que el cannabis medicinal no está incluido en los requisitos mínimos de cobertura de Nuevo México en virtud de la Ley de Asistencia Asequible (ACA). Las aseguradoras también podrían enfrentarse a riesgos legales por ayudar en delitos federales de drogas, ya que el cannabis está clasificado como una sustancia de la Lista I bajo la ley federal.

En respuesta a esta sentencia, los legisladores de Nuevo México presentaron en 2025 una ley que obligaría a los seguros a cubrir el cannabis medicinal destinado a tratar determinadas dolencias debilitantes. Sin embargo, hasta que se introduzcan esos cambios, las aseguradoras no están obligadas a incluir la marihuana medicinal en sus planes de cobertura.

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