La nueva política de la SBA excluye a las empresas de cáñamo de los programas de préstamos

La nueva política de la SBA excluye a las empresas de cáñamo de los programas de préstamos

La Agencia Federal para el Desarrollo de la Pequeña Empresa (SBA) ha reinstaurado una política que descalifica a muchas empresas relacionadas con el cáñamo y la marihuana de programas federales de préstamos esenciales. Esta política actualizada, en vigor desde el 1 de junio, afecta de forma desproporcionada a las empresas que venden productos consumibles derivados del cáñamo, como alimentos, suplementos y cosméticos.

Históricamente, los programas de préstamos de la SBA, incluidos los programas 7(a) y 504, han sido vitales para la financiación de pequeñas empresas, ofreciendo fuentes de financiación para el crecimiento y la creación de empleo. Sin embargo, el reciente cambio de política vuelve a la postura más estricta adoptada en 2020, limitando el apoyo financiero a los operadores involucrados con productos consumibles de cáñamo.

Desde que la Ley de Mejora Agrícola de 2018 legalizó el cáñamo a nivel federal, la SBA ha modificado sus políticas en múltiples ocasiones, lo que refleja la tensión continua entre las regulaciones federales y estatales. El historial de políticas de la SBA revela un patrón de restricción creciente:

- **Abril de 2019**: La SBA reconoció que las empresas de cáñamo que cumplieran con la ley federal podrían acceder a préstamos. - **Octubre de 2020**: Surgió una política más detallada, que requiere que los prestamistas verifiquen el cumplimiento de las leyes aplicables, incluida una orientación específica para las empresas de CBD. - Agosto de 2023**: Esta política eliminó las referencias al cáñamo, declarando que los préstamos no estaban disponibles para las empresas dedicadas a actividades ilegales a nivel federal, mencionando explícitamente la marihuana. - Noviembre de 2023: Se eliminaron aún más las referencias a la marihuana. - 1 de junio de 2025 La política actual restablece y amplía las restricciones anteriores, centrándose específicamente en los productos consumibles de cáñamo.

La nueva política establece que añadir CBD a cualquier alimento humano o animal, suplemento dietético o determinados cosméticos está prohibido por la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FD&C Act). En consecuencia, muchas empresas que cumplen la normativa no podrán optar a los préstamos de la SBA.

Este cambio de política perjudica considerablemente a los pequeños operadores que dependen de estos préstamos para su estabilidad financiera. Las empresas bien financiadas pueden conseguir inversiones privadas, pero las más pequeñas, de propiedad independiente, a menudo dependen de los programas de la SBA para sobrevivir. La actual volatilidad del mercado del cáñamo sugiere que negar el acceso al capital expulsará a los operadores más pequeños, consolidando el control de la industria entre las grandes empresas.

La FDA no ha aplicado eficazmente la Ley FD&C en relación con los productos consumibles de cáñamo, permitiendo que el mercado crezca a pesar de los problemas de incumplimiento existentes. Con esta nueva política de la SBA, la carga del cumplimiento se traslada a los prestamistas, creando efectivamente una barrera para las empresas de cáñamo que buscan préstamos.

Los prestamistas deben evaluar ahora varios factores para determinar la elegibilidad: 1. **Fuente del CBD**: Distinguir entre productos derivados del cáñamo y de la marihuana. 2. **Tipo de producto**: Identificar si los productos son de uso tópico o ingerible. 3. **Declaraciones de propiedades saludables**: Escrutando cualquier alegación terapéutica o médica que se haga. 4. **Cumplimiento de la legislación**: Garantizar el cumplimiento de todas las normativas federales, estatales y locales, que muchas empresas incumplirán debido a las prohibiciones de la Ley FD&C.

Además, el lenguaje de la SBA descalifica ampliamente a las empresas que generan cualquier ingreso de las actividades relacionadas con la marihuana, creando una ambigüedad que puede dar lugar a interpretaciones demasiado cautelosas por parte de los prestamistas. Esto podría excluir a muchas empresas auxiliares que no manejan directamente el cannabis, pero que apoyan a la industria de diversas maneras.

Por ejemplo, los proveedores de servicios para las empresas de cannabis, los proveedores hidropónicos e incluso los consultores de cumplimiento pueden enfrentarse a la descalificación en virtud de la nueva política de la SBA. Esta vaga categorización suscita preocupaciones sobre el acceso justo a los préstamos para las empresas que operan legalmente bajo la ley estatal.

Las empresas de cáñamo que operan únicamente dentro de las fronteras estatales y cumplen con las regulaciones locales todavía pueden optar a préstamos, pero se enfrentarán a un intenso escrutinio por parte de los prestamistas. Además, la prohibición de la SBA se extiende a las empresas que venden parafernalia relacionada con la marihuana, que pueden operar legalmente en los estados donde se permite dicha venta.

La política de la SBA indica una tendencia preocupante en la que las empresas relacionadas con el cannabis, incluso las que cumplen con la legislación estatal y federal, se enfrentan a barreras debido a los riesgos percibidos asociados con la industria. Las implicaciones de esta política van más allá de la SBA, ya que otras agencias federales podrían adoptar medidas restrictivas similares que podrían aislar aún más el mercado del cannabis.

Como la SBA hace recaer la carga de la interpretación legal en los prestamistas, muchos pueden optar por evitar el riesgo por completo, lo que lleva a un entorno en el que las empresas de cáñamo que cumplen con la normativa tienen dificultades para acceder a la financiación necesaria. Este cambio de política pone de relieve la fragilidad de la industria del cáñamo, destacando la necesidad de claridad y estabilidad en las regulaciones del cannabis.

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